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Cómo validar los documentos de un proveedor REPSE

Recibir los documentos no es validarlos. Cada uno se revisa contra su fuente oficial y contra tres datos que ya tienes: el RFC del proveedor, el periodo que pagaste y el servicio de tu contrato. Esta guía recorre los cinco documentos en el mismo orden: qué es, dónde se valida, qué comparar y cuál es la señal de alerta.

Cada cuánto: la ley pide verificar el registro del proveedor al efectuar cada pago (LISR art. 27-V). La verificación es de cada pago, no del contrato, y los documentos de abajo son los de cada periodo pagado.

1. El Aviso de Registro REPSE

Qué es. La constancia que la STPS emite al prestador cuando lo inscribe. El registro se renueva cada tres años y la STPS puede cancelarlo en cualquier tiempo (LFT art. 15).

Dónde se valida. En el Padrón REPSE público de la STPS (repse.stps.gob.mx) o con nuestra herramienta de verificación, que consulta el mismo padrón y deja la fecha de la consulta. El paso a paso está en la guía de verificación.

Qué comparar.

Señal de alerta: un PDF del aviso que no coincide con lo que muestra el padrón, una vigencia vencida o un servicio que no aparece en la lista de actividades. Un registro para limpieza no ampara vigilancia.

2. Los CFDI: la factura del servicio y los recibos de nómina

Qué son. La factura con la que el proveedor te cobra el servicio y los CFDI de nómina de los trabajadores que te lo prestaron. Los segundos son copias que la ley te pide obtener en cada pago (LISR art. 27-V).

Dónde se validan. En el verificador de CFDI del SAT, con el folio fiscal, el RFC del emisor y el del receptor. El PDF o el XML que tienes no dice si el comprobante se canceló después de emitirse. Eso solo lo dice el SAT.

Qué comparar.

Señal de alerta: un folio que el SAT no encuentra o reporta cancelado, recibos emitidos por una razón social distinta a la registrada, o recibos de un periodo que no es el que pagaste.

3. La Opinión de Cumplimiento del SAT

Qué es. La opinión que el SAT emite sobre si el contribuyente está al corriente con sus obligaciones fiscales (CFF art. 32-D). Tiene cuatro sentidos posibles: Positiva, Negativa, En suspensión de actividades e Inscrito sin obligaciones fiscales (RMF 2026, regla 2.1.36).

Dónde se valida. El proveedor la genera en el portal del SAT (trámite en el portal del SAT) y te la entrega.

Qué comparar.

Señal de alerta: una opinión Negativa o En suspensión de actividades, o una opinión positiva emitida hace más de treinta días. La STPS puede cancelar un registro cuando hay adeudos por créditos firmes ante el SAT, el IMSS o el Infonavit (Acuerdo REPSE, artículo décimo quinto, inciso c).

4. IMSS e Infonavit: pagos, opiniones y las informativas

Qué son. El comprobante de pago de las cuotas al IMSS y de las aportaciones al Infonavit del periodo, que la ley te pide obtener en cada pago (LISR art. 27-V). A eso se suman la Opinión de Cumplimiento de cada instituto y los acuses de las informativas cuatrimestrales ICSOE y SISUB.

Dónde se validan.

Qué comparar.

Señal de alerta: un comprobante de otro Registro Patronal o de otro periodo, una opinión negativa, o un cuatrimestre sin acuse cuando su fecha ya pasó.

5. La declaración de IVA y su acuse

Qué es. La copia de la declaración de IVA del proveedor y el acuse de su pago, del periodo en que tú pagaste el servicio. Sin ellos no puedes acreditar el IVA (LIVA art. 5o.-II).

Dónde se valida. El proveedor la presenta y la paga en las declaraciones del SAT. Tú recibes la copia y el acuse.

Qué comparar. El RFC del proveedor y el mes: debe ser el de tu pago, no el del servicio ni el de la factura. El proveedor tiene hasta el último día del mes siguiente al pago para entregártelos.

Señal de alerta: una declaración de otro mes, una declaración sin su acuse de pago, o el plazo vencido sin recibirlas. Si no las recabas a tiempo, la misma fracción te obliga a presentar declaración complementaria y disminuir el IVA que acreditaste.

Cómo se arma el expediente completo de deducción con estos documentos, y qué pasa si falta uno, está en la guía de materialidad y deducción.

Cómo lo hace RepseShield

El proveedor sube cada documento una vez. La aplicación lo lee, te propone los datos que encontró (el RFC, el periodo, la vigencia) y tú confirmas. Cada factura trae a un clic el verificador del SAT con su folio, y el registro del proveedor se consulta en el padrón con fecha.

Contenido actualizado el 13 de octubre de 2026 · Fuentes legales revisadas el 13 de octubre de 2026

El expediente REPSE, al corriente todo el año

RepseShield vigila vigencias, fechas ICSOE y SISUB, y el expediente de deducción de cada relación, y avisa antes de que algo venza.

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