Reportes REPSE: qué se presenta, ante quién y cuándo
Ante la STPS no se presenta ningún reporte REPSE periódico. Lo que se presenta cada cuatrimestre son dos informativas: la ICSOE ante el IMSS y el SISUB ante el Infonavit, a más tardar el día 17 de enero, mayo y septiembre. Con la STPS, el prestador renueva su registro cada tres años y, si sus servicios cambian, puede pedir que se modifiquen o agreguen actividades en el padrón.
Quién presenta qué
| Trámite | Quién lo presenta | Ante quién | Cuándo | Base legal | Guía |
|---|---|---|---|---|---|
| ICSOE (informativa de contratos) | El prestador de servicios especializados | IMSS | Cada cuatrimestre, a más tardar el 17 de enero, mayo y septiembre | LSS art. 15 A | Calendario ICSOE y SISUB |
| SISUB (informativa de contratos) | El prestador registrado en el REPSE | Infonavit | Cada cuatrimestre, a más tardar el 17 de enero, mayo y septiembre | Ley del Infonavit art. 29 Bis | Calendario ICSOE y SISUB |
| Renovación del registro | El prestador | STPS | Cada tres años, en los tres meses anteriores al mes de vencimiento | LFT art. 15 y Acuerdo REPSE, artículos décimo tercero y décimo sexto | Renovación del REPSE |
| Modificar o agregar actividades | El prestador, cuando lo necesita | STPS | En cualquier momento. La STPS tiene veinte días hábiles para contestar | Acuerdo REPSE, artículos décimo quinto-B y décimo quinto-C (DOF 2023) | Renovación del REPSE |
| Documentos de cada pago | El cliente los recaba y el prestador se los entrega | Se conservan en el expediente del cliente | En cada pago. La declaración de IVA y su acuse, a más tardar el último día del mes siguiente al pago | LISR art. 27-V y LIVA art. 5o.-II | Materialidad y deducción |
Las dos informativas cuatrimestrales
La ICSOE va al IMSS. La presenta la persona física o moral que presta servicios especializados, con la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre: las partes, el objeto y la vigencia de cada contrato, y los trabajadores que prestaron el servicio (LSS art. 15 A).
El SISUB va al Infonavit. Lo presentan las personas registradas en términos del artículo 15 de la LFT, con el mismo plazo y la información de los contratos del cuatrimestre (Ley del Infonavit art. 29 Bis).
Las fechas de este año y del siguiente, con la prórroga del IMSS cuando el 17 cae en día inhábil, están en el calendario ICSOE y SISUB.
Lo que sí se hace ante la STPS
- Renovar el registro cada tres años. «El registro a que hace mención este artículo deberá ser renovado cada tres años» (LFT art. 15). La solicitud se presenta en la plataforma en los tres meses anteriores al mes de vencimiento. El detalle está en la guía de renovación.
- Modificar o agregar actividades. El Acuerdo REPSE, reformado en 2023, permite pedir en la plataforma que se modifiquen, actualicen o agreguen actividades al padrón, siempre que formen parte del objeto social (o de la Constancia de Situación Fiscal, si es persona física). La STPS debe pronunciarse dentro de los veinte días hábiles siguientes (artículos décimo quinto-B y décimo quinto-C).
Qué reportes pide el cliente
El cliente no presenta la ICSOE ni el SISUB. Lo que la ley le pide es recabar, en cada pago, copia de los CFDI de nómina de los trabajadores que prestaron el servicio, del pago de las retenciones de ISR, de las cuotas al IMSS y de las aportaciones al Infonavit (LISR art. 27-V), además de la declaración de IVA del prestador y su acuse de pago (LIVA art. 5o.-II). El prestador está obligado a entregárselos. Sin ellos, el cliente pierde la deducción y el acreditamiento. La lista completa está en la guía de materialidad y deducción.
Qué pasa si no se presentan
Para 2025, la STPS informa que canceló más de 51 mil registros por incumplimientos detectados en la revisión masiva de obligaciones ante el IMSS y el Infonavit y en inspecciones por denuncia. Las cifras están en REPSE en cifras y las multas en la guía de multas y sanciones.